Relevamiento e inscripción de perforaciones

El uso recurso hídrico en las provincias, se encuentra legislado por el estado provincial, en le caso de la provincia de Córdoba por la Administración Provincial de Recursos Hídricos (APRHi). 

La provincia cuenta con normativa de relevancia, como son el Código de Aguas de la provincia y diversos decretos reglamentarios que especifican y reglamentan tanto los usos, como las prohibiciones para asegurar la protección del bien común.

Para ello, es obligatorio solicitar permiso a la autoridad ante cada perforación que se pretenda realizar, disponer de un profesional geólogo matriculado como director técnico de la obra y de una empresa de perforaciones habilitada en la provincia para tal fin. 

Requisitos para el registro de una perforación ya ejecutada:

La perforación se configura como una mejora en el terreno, con lo cual es necesario contar con escritura o documento legal que acredite la titularidad del terreno a quién la quiera registrar.
En caso que quién registre la perforación sea inquilino, se deberá contar con un contrato de alquiler o vinculación legal con el propietario del inmueble.
En caso de ser una empresa, se deberá contar con poder legal de la persona que firma la documentación.
En caso de ser una población o ente público, se deberá contar con el acta de asunción del funcionario firmante.
También se deberá firmar la correspondiente autorización para la gestión del registro por parte del propietario.


Documentación y preparativos previos:
1) Vinculación mediante CIDI para e-trámites. El cliente debe tener CIDI nivel2. El profesional generará la vinculación a través del CUIT del cliente.
CUIT del Cliente:
2) Generar la Tasa Retributiva de Servicios («Por el análisis para el otorgamiento de concesiones, permisos, factibilidades o autorizaciones» – Artículo: 101 Inciso: 1.1), pagarla y enviarla junto al comprobante de pago. Son importantes ambas cosas, ya que se vinculan mediante el N° de liquidación que figura en la misma. https://trs.cba.gov.ar/#!/generacion-de-tasas/Ente_ID_81?id_concepto=15018
En caso de abonar por pago fácil, el impacto en el sistema puede demorar hasta 72 horas hábiles, por Mercadopago el impacto es instantáneo.
3) Firma de Orden de Trabajo colegio de geólogos, enviada por el profesional.
4) Firma de la autorización del propietario del predio para que el profesional realice el relevamiento de la perforación (modelo de APRHi), enviado por profesional.
5) Escritura del inmueble (en caso que quien quiera inscribir SÍ sea propietario del inmueble.
6) Documento que acredite la vinculación con el predio (Solo en el caso de que quien quiera inscribir NO sea propietario del inmueble)
7) Comprobante de matrícula del mismo.
8) Análisis físico químico del agua de la perforación (se podrá muestrear durante el ensayo de bombeo).


En caso que el uso del agua sea para riego agrícola, se deberá contar con un proyecto de riego firmado por ingeniero agrónomo.
Con esta documentación en formato digital, el profesional comenzará la inscripción de la perforación.

 

El profesional geólogo deberá realizar un ensayo de bombeo en la perforación y con los datos relevados completar el Registro Gráfico Integral (RGI) en formato prestablecido. Todo lo mencionado, se visará en el Colegio Profesional de Geólogos de la Provincia de Córdoba.